Artículo 107 LIR: ganancias de capital pasan a ingreso no renta desde 2027

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Qué cambia con el artículo 107

A partir del 1 de enero de 2027, el mayor valor obtenido en operaciones que reunan los requisitos del artículo 107 de la Ley sobre Impuesto a la Renta pasa del impuesto único de 10% al tratamiento de ingreso no constitutivo de renta. Esta modificación puede ser relevante para inversionistas en determinados instrumentos financieros, pero no transforma en ingreso no renta toda ganancia derivada de comprar y vender acciones.

Por qué los requisitos siguen siendo decisivos

El artículo 107 se aplica a ciertos instrumentos y operaciones bajo condiciones específicas, incluyendo requisitos relativos a activos y transacciones. El SII identifica, entre los instrumentos posibles, determinadas acciones de sociedades anonimas abiertas y cuotas de fondos mutuos o de inversión. Hay que verificar la procedencia del régimen en cada caso concreto antes de asignar el tratamiento de ingreso no renta.

Fecha de enajenacion y trazabilidad

La fecha de la operación es un elemento relevante del análisis. Una venta efectuada antes de la entrada en vigencia no debe tratarse como si hubiese ocurrido después. Es recomendable conservar contratos, cartolas, certificados del intermediario, documentos de adquisición y venta y otros antecedentes que permitan acreditar que se cumplen los requisitos del régimen.

Ejemplo de la diferencia nominal

Para una ganancia hipotetica elegible de $5 millones, el impuesto único del 10% equivaldría a $500.000. Bajo el nuevo tratamiento, si realmente cumple los requisitos legales y se verifica el período de vigencia, la ganancia se calificaria como ingreso no renta. Es una comparación pedagogica que no anticipa el tratamiento de instrumentos excluidos o de operaciones con normas especiales.

Cómo puede apoyar una revisión tributaria

SYP Auditores puede ayudar a clasificar operaciones financieras, verificar el respaldo de costos y mayor valor, revisar fechas y analizar si procede declarar una ganancia bajo el artículo 107. Es especialmente útil cuando el contribuyente combina inversiones personales, societarias o efectuadas a traves de intermediarios distintos.

Preguntas frecuentes

¿Toda venta de acciones queda libre de impuesto?  No. Solo operaciones que cumplan los requisitos del artículo 107 y su vigencia.

¿Desde cuando rige el nuevo tratamiento?  Desde el 1 de enero de 2027, para operaciones comprendidas por la reforma.

Asesoría SYP Auditores

En SYP Auditores te ayudamos a revisar los antecedentes, identificar beneficios realmente aplicables y cuantificar escenarios antes de tomar decisiones. Solicita una evaluación tributaria.

Base legal: Artículo 8 numeros 2 y 4, artículo noveno transitorio

Fuentes: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1229250
https://www.sii.cl/destacados/ley_reconstruccion/medidas_tributarias/impuesto_unico/

Contenido informativo actualizado al 21 de octubre de 2026. La aplicación concreta depende de la ley, la situación del contribuyente y las resoluciones, circulares y reglamentos vigentes del SII, Tesorería u otros organismos. El texto no reemplaza una evaluación tributaria individual.

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